La plataforma, en línea con su asociada CONACEE, acata la sentencia dictada por la Corte aceptando la diferenciación de los centros especiales de empleo en función de su titularidad, pero también entiende que es una oportunidad perdida para equiparar los salarios en cada sector sin distinguir entre trabajadores con y sin discapacidad.
El Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) se alinea con su asociada la Confederación Nacional de Centros Especiales de Empleo (CONACEE) ante la última sentencia del Tribunal Supremo (TS), que avala la diferencia salarial entre los trabajadores con discapacidad de los centros especiales de empleo en función de la titularidad de estos últimos.
En su apoyo a CONACEE, CEDDD acata la decisión del TS de desestimar el recurso de casación de la patronal a otra sentencia de la Audiencia Nacional impugnando el XV Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, discriminatorio según la patronal de Centros Especiales de Empleo (CEE) por diferentes motivos, y junto a su asociada reclama para la negociación del nuevo tratado equiparar el salario de todos los trabajadores de dichos CEE según sector de actividad, independientemente de si tienen o no discapacidad.
En este sentido, CONACEE lamenta «el reiterado rechazo por parte de Sindicatos y de Patronales del mundo Asociativo de aprovechar la oportunidad, como viene defendiendo, de equiparar a todos los trabajadores de los Centros Especiales de Empleo – entidades de la Economía Social declaradas de interés económico general- con un mismo salario, similar al de los de las personas sin discapacidad», tal y como señala la patronal de CEE en un comunicado en respuesta a la sentencia del TS.
El rechazo de la corte suprema al recurso de CONACEE consolida un trato discriminatorio entre los trabajadores con discapacidad y los diferentes tipos de centros especiales de empleo que operan en España. La lucha de la patronal por acabar con estas desigualdades se remonta a la negociación del XV Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, en la que «sindicatos y patronales del sector asociativo acordaron unas tablas, cuyo salario base no alcanzaba el Salario Mínimo Interprofesional y que difícilmente cubrirían los aumentos del mismo durante su vigencia, confirmando así una brecha netamente discriminatoria y precarizando a los trabajadores con discapacidad del tercer sector frente a los trabajadores de los Centros Especiales de Empleo de titularidad empresarial y frente a los de los sectores de las diferentes actividades económicas desarrolladas», según CONACEE.
Este hecho, unido a las distorsiones en la competencia entre unos y otros tipos de entidades con unos costes operativos diferentes con base a los costes salariales, llevaron a CONACEE a desmarcarse del acuerdo suscrito entonces por los sindicatos y los representantes de los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social, y a impugnar el Convenio Colectivo demandando la eliminación del apartado que recogía el trato diferenciado.
Ahora, para el nuevo convenio en negociación, CONACEE espera que sindicatos y patronales del tercer sector sepan aprovechar la oportunidad para acordar unas condiciones equitativas entre trabajadores con y sin discapacidad, y con ello facilitar una integración efectiva y sostenible en sintonía con los estándares de cada sector.
Al respecto, CONACEE recuerda que muchos de estos trabajadores con discapacidad trabajan para sus propias asociaciones, las cuales compiten abiertamente en diferentes sectores, con empresas de diferentes perfiles y también con otros centros especiales de empleo de diferentes modelos tanto empresariales como de iniciativa social. Según CONACEE, aceptar esta precarización en los salarios de las personas con discapacidad supone seguir fomentando que la competitividad de algunas organizaciones se mantenga a costa de la precarización de las condiciones salariales de sus trabajadores.