CEDDD celebra la entrada en vigor DE LA REFORMA QUE PROHIBE LA INCAPACITACIÓN JUDICIAL

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 La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, modifica hasta ocho leyes estatales y beneficiará a 4,5 millones de personas. La adaptación de los casos se hará en un año a petición de los afectados o de oficio, como muy tarde, antes del 3 de septiembre de 2024.

3 de septiembre de 2021. La lucha por los derechos de las personas con discapacidad da hoy un paso de gigante en España, con la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, inspirada en el artículo 10 de la Constitución y dirigida a que este colectivo pueda ejercer su capacidad jurídica en el futuro de una forma mucho más autónoma y con menos tutelaje.

El Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) aplaude el desarrollo y entrada en vigor de esta ley, que supone la reforma de la legislación civil y procesal para adaptar al ordenamiento jurídico español las exigencias del artículo 12 de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La Convención de Derechos para Personas con Discapacidad (CDPD) se aprobó en Nueva York en el año 2006, aunque España no la ratificó hasta 2008. En su artículo 12, fija la igualdad de capacidad jurídica de las personas con discapacidad. Su adaptación al marco normativo español implica un cambio de paradigma en la capacidad civil de la persona con discapacidad, pues se trata la discapacidad desde la perspectiva de los Derechos Humanos.

Cabe destacar que, hasta ahora, ha sido la jurisprudencia la que ha ido aportando notas interpretativas y adaptando esos derechos a la legislación. En este sentido, es importante resaltar la Sentencia del Tribunal Supremo nº 244/2015, de fecha 13 de mayo de 2015, que establece que la incapacitación judicial debe ser un traje a medida en función de la situación de la persona y se inclina por la curatela, frente a otras medidas como la tutela, a la hora de establecer apoyos de terceros a la persona con discapacidad.

La CDPD impone dos obligaciones a los estados que la ratifiquen. En primer lugar, el Estado debe reconocer a las personas con discapacidad igual capacidad jurídica y remover todas barreras legales, administrativas y fácticas que impidan el ejercicio de sus derechos. Además, el Estado debe proveer de los apoyos adecuados a las personas con discapacidad para que el ejercicio de sus derechos sea posible de acuerdo a su voluntad.

Antes y después de la Ley 8/2021

Hasta ahora, la persona con discapacidad era titular de sus derechos, pero dicha titularidad no siempre era reconocida y, mediante sentencia jurídica, su voluntad era sustituida por la figura de la tutela. A partir de hoy, esa figura es eliminada en relación con las personas mayores de edad y la patria potestad prorrogada, dando mayor importancia a los poderes preventivos y autocuratela. La única excepción es la tutela para menores de edad, siempre y cuando necesiten un tutor al haber fallecido los progenitores. Cuando estos alcancen la mayoría de edad, se extinguirá la tutela y tendrán que fijarse nuevos sistemas de apoyos.

En caso de que no quede más remedio que iniciar un proceso de modificación de la capacidad, este proceso pasa a basarse en tres figuras: la curatela, la guarda de hecho y el defensor judicial.

También exigirá mayor formación de todos operadores jurídicos que intervienen en estos procesos.

A este respecto, la institución de la curatela obliga a modificar las leyes Hipotecaria y del Registro Civil. Además, se reforma también la ley de Enjuiciamiento Civil en relación con el ejercicio de las acciones de determinación o impugnación de la filiación, en los procedimientos de separación y divorcio y en el procedimiento para la división de la herencia. Asimismo, se modifica la Ley del Notariado para acomodarse terminológicamente a estos cambios.

CEDDD, en su labor de informar y sensibilizar sobre las situaciones derivadas de la discapacidad, la dependencia y el hacerse mayor, ya informó de los cambios que hoy se producen en la Jornada sobre el Anteproyecto de reforma del Código Civil en materia de discapacidad, que tuvo lugar el 19 de julio de 2020 y que puede volver a ver a continuación:

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