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CEDDD
16 de julio de 2026

Once nuevas patologías dan acceso a la jubilación anticipada por discapacidad

La ampliación del acceso a la jubilación anticipada para personas con discapacidad supone un avance importante en el reconocimiento de las situaciones que generan mayores dificultades laborales y sociales.

En 2026, la Seguridad Social ha incorporado once nuevas patologías al listado de enfermedades que permiten adelantar la edad de jubilación hasta los 56 años, una medida que podría beneficiar a cerca de 50.000 personas con discapacidad reconocida. Te lo contamos todo a continuación en Actualidad CEDDD.

Once nuevas patologías dan acceso a la jubilación anticipada por discapacidad

La Seguridad Social ha ampliado el catálogo de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45%. Esta modificación incorpora once nuevas patologías al listado recogido en el Real Decreto 1851/2009, que regula las condiciones de jubilación de las personas trabajadoras afectadas por enfermedades especialmente graves y discapacitantes.

La medida fue impulsada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones tras un proceso de evaluación técnica realizado por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Su objetivo es adaptar la normativa a la realidad de personas que conviven con enfermedades que reducen significativamente su esperanza de vida o dificultan el desarrollo de una actividad laboral en condiciones de igualdad.

¿Qué enfermedades se incorporan al listado?

Las nuevas patologías reconocidas se agrupan en diferentes categorías:

Enfermedades neurológicas y neurodegenerativas

  • Enfermedad de Parkinson.
  • Enfermedad de Huntington.
  • Degeneración corticobasal.
  • Atrofia multisistémica.
  • Parálisis supranuclear progresiva.

Patologías de origen neuromuscular, sistémico y congénito

  • Distrofia miotónica tipo 1 (enfermedad de Steinert).
  • Esclerosis sistémica.
  • Espina bífida.
  • Lesión medular.

Otras enfermedades de alta gravedad

  • Enfermedad renal crónica en estadio 5.
  • Amiloidosis por transtiretina variante.

Con esta ampliación, las personas afectadas por cualquiera de estas patologías podrán solicitar la jubilación anticipada siempre que cumplan los requisitos establecidos por la normativa.

Requisitos para acceder a la jubilación anticipada a los 56 años

El acceso a esta modalidad de jubilación no depende únicamente del diagnóstico de la enfermedad. Para poder beneficiarse de la reducción de la edad de jubilación es necesario cumplir una serie de condiciones:

  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 45%.
  • Estar en situación de alta o asimilada al alta en la fecha de acceso a la jubilación.
  • Haber cotizado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral.
  • Acreditar que, durante un mínimo de 5 años de ese periodo de cotización, la persona ha convivido con la discapacidad reconocida derivada de alguna de las patologías incluidas en el listado.
  • Presentar la documentación e informes médicos correspondientes que permitan acreditar la enfermedad y su impacto en la discapacidad.

Sin reducción en la cuantía de la pensión

Uno de los aspectos más relevantes de esta medida es que el adelanto de la edad de jubilación no implica una reducción de la pensión. Las personas que accedan a esta modalidad podrán jubilarse hasta diez años antes de la edad ordinaria, con un límite situado en los 56 años, sin sufrir penalizaciones económicas en el importe de la prestación.

Además, el periodo en que se reduzca la edad de jubilación se considerará como tiempo cotizado a efectos del cálculo de la pensión, contribuyendo a determinar el porcentaje aplicable sobre la base reguladora.

Un avance hacia una mayor protección social

La incorporación de estas once nuevas patologías supone un paso más en el reconocimiento de las necesidades específicas de las personas con discapacidad y de quienes conviven con enfermedades de especial gravedad. La medida busca garantizar una protección social más ajustada a las circunstancias de quienes, debido a su estado de salud, afrontan mayores dificultades para mantener una actividad laboral prolongada a lo largo del tiempo.

Desde el movimiento asociativo de la discapacidad se valora positivamente esta ampliación, que facilita el acceso a derechos y contribuye a mejorar la calidad de vida de miles de personas y sus familias.

CEDDD es la asociación más transversal, libre y accesible por la defensa de las personas con discapacidad y/o en situación de dependencia, así como las personas mayores.  

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