En una decisión judicial emitida el pasado 1 de abril, el Tribunal Supremo delineó los parámetros para la conciliación entre trabajo remunerado y pensiones por invalidez. En CEDDD te explicamos qué supone esta resolución sin precedentes.
El foco del debate se centró en la viabilidad de que un individuo reconocido con una incapacidad permanente por gran invalidez pueda percibir la pensión correspondiente mientras continúa desempeñando labores remuneradas. Específicamente, se trató del caso de un empleado de la ONCE que seguía vendiendo cupones de la organización, tal y como explican en el diario especializado ‘Economía digital’.
Aquí están los puntos clave de la sentencia:
- Incompatibilidad con trabajo remunerado: El Tribunal Supremo rechaza que un trabajador con una incapacidad permanente por gran invalidez pueda cobrar un sueldo si trabaja, siempre y cuando no se trate de labores marginales, intrascendentes o que no precisen de alta en la Seguridad Social. En otras palabras, si el trabajo realizado es esporádico o puntual, podría ser compatible con la pensión de gran invalidez.
- Definición de pensión de invalidez: Una pensión de invalidez es un beneficio económico otorgado por la seguridad social o por un sistema de pensiones privado a personas que han perdido la capacidad de trabajar debido a una enfermedad o lesión que les impide desempeñar sus funciones laborales habituales de manera total o parcial. Esta pensión está diseñada para proporcionar un sustento financiero a aquellos que se encuentran en esta situación, como ayuda para cubrir sus necesidades básicas y los gastos relacionados con su condición de salud.
- Grados de invalidez: La gran invalidez es el grado que reconoce una mayor incapacidad, frente a la parcial, que hace alusión a la menor afectación. En el caso específico mencionado, el empleado de la ONCE recibió primero una incapacidad permanente total y luego se le otorgó la gran invalidez. Sin embargo, la Seguridad Social se negó a abonarle la prestación correspondiente, argumentando que la función de la pensión es sustituir la pérdida de ingresos laborales.
En resumen, la sentencia del Tribunal Supremo establece que la pensión de gran invalidez no es compatible con un trabajo remunerado, a menos que se trate de labores marginales o intrascendentes, tal y como explica el abogado laboralista experto en discapacidad de CEDDD, Pedro López Cerro en la sección CEDDD Responde de nuestro canal en YouTube Esto marca un precedente significativo en el ámbito legal y tiene implicaciones importantes para las personas con invalidez en España.
*Recuerde que este post proporciona información orientación informativa. Para una consulta más profesional puede ponerse en contacto con nuestros de expertos en asesoría legal.