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CEDDD
29 de enero de 2026

Nuevas enfermedades en el catálogo de pensiones: ¿qué cambia y quiénes se benefician?

imagen creada por IA de un periódico con titular sobre catálogo de pensiones y el dedo índice de una persona sobre él

La Comisión Técnica de Evaluación emitió un informe favorable para incluir siete nuevas patologías con fuerte impacto sobre la salud y la esperanza de vida dentro del procedimiento de acceso a la jubilación anticipada.

El sistema de pensiones de España está dando un paso importante hacia la actualización y ampliación del catálogo de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada por discapacidad. Este cambio responde a una demanda histórica de asociaciones de pacientes y colectivos de discapacidad para reconocer situaciones clínicamente complejas que dificultan continuar trabajando y reducen significativamente la esperanza de vida.

A continuación, te explicamos en CEDDD cuáles son las principales y en qué consiste este catálogo.

¿Qué es la jubilación anticipada por discapacidad?

La jubilación anticipada por discapacidad permite a trabajadoras y trabajadores con una discapacidad oficialmente reconocida del 45 % o superior retirarse antes de la edad legal de jubilación y, en muchos casos, sin aplicar el recorte habitual por adelantar la edad de retiro.

Con la reforma regulada en el Real Decreto 1851/2009 y la Orden ISM/444/2025, se ha fijado un procedimiento para actualizar el listado de patologías anualmente y poder incluir nuevas enfermedades que cumplan criterios médicos y sociales.

¿Qué ha cambiado con la nueva normativa?

Antes el catálogo de enfermedades era prácticamente cerrado y difícil de modificar, lo que dejaba fuera a muchos pacientes con enfermedades graves o raras. Con la nueva orden:

  • Se abre la puerta para que nuevas patologías sean incluidas oficialmente.
  • El proceso es transparente y basado en evidencia científica.
  • Asociaciones de pacientes pueden presentar solicitudes para ampliar el catálogo.

Nuevas patologías propuestas e incorporadas

Recientemente, la Comisión Técnica de Evaluación emitió un informe favorable para incluir varias patologías con fuerte impacto sobre la salud y la esperanza de vida dentro del procedimiento de acceso a la jubilación anticipada. Entre las principales se encuentran:

  • Espina bífida
  • Enfermedad de Parkinson
  • Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
  • Enfermedad de Huntington
  • Esclerosis sistémica
  • Amiloidosis por transtiretina variante (ATTRv)
  • Enfermedad renal crónica (estadio G5)

Estas enfermedades se incorporan gracias al trabajo conjunto entre organizaciones de discapacidad, expertos médicos y la Administración, y su reconocimiento es un avance que puede suponer la posibilidad real de jubilarse anticipadamente para muchas personas que hasta ahora no tenían ese derecho.

Además, en el pasado diversas asociaciones habían propuesto hasta 11 o 14 nuevas enfermedades para su reconocimiento, entre las que se incluían también condiciones como artritis reumatoide, fibromialgia o lupus eritematoso sistémico.

¿Qué significa esto en la práctica?

Las personas con alguna de estas enfermedades y un grado de discapacidad reconocido superior o igual al 45 % podrán solicitar la jubilación anticipada.

La edad mínima puede situarse por debajo de la ordinaria, incluso alrededor de los 52 o 56 años, en función de la situación específica y de los requisitos legalmente establecidos.

Este avance social ofrece mayor seguridad económica y dignidad laboral para quienes conviven con enfermedades crónicas graves.

CEDDD es la asociación más transversal, libre y accesible por la defensa de las personas con discapacidad y/o en situación de dependencia, así como las personas mayores.  

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