CEDDD denuncia que subvenciones en materia de accesibilidad se otorguen mediante concesión directa

martillo

El Consejo para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia reclama la concurrencia competitiva de todas las entidades a las ayudas y fondos europeos destinados a proyectos de innovación tecnológica, investigación y divulgación científica en materia de accesibilidad universal, las cuales han sido concedidas por el procedimiento de concesión directa.

El Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) manifiesta su malestar con la administración pública ante la reciente y poco transparente asignación de ayudas públicas por el procedimiento concesión directa a determinadas entidades para la realización de proyectos en materia de accesibilidad universal. Las citadas subvenciones fueron recientemente asignadas por Real Decreto 670/2022, de 1 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades para la realización de proyectos de innovación tecnológica, investigación y divulgación científica en materia de accesibilidad universal, así como para la creación de un centro español de accesibilidad cognitiva y un centro piloto sobre trastorno del espectro del autismo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.  

En este sentido, el Real Decreto se ampara en la utilización del citado procedimiento, infrecuente, atendiendo al carácter singular de las circunstancias excepcionales que afectan a los colectivos a los que se dirige la convocatoria. Situaciones singulares que, por otra parte, se han visto agravadas por la pandemia de COVID-19, por lo que concurren razones de interés público y social que determinan la improcedencia de su convocatoria pública. Estas circunstancias no parecen del todo justificadas y menos en el marco de fondos europeos como es Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se orienta, en este caso, a una transición hacia un modelo en el que la investigación y la innovación pongan el foco en las personas con discapacidad, con el fin de mejorar sus condiciones y su calidad de vida. Por ello, el movimiento CEDDD entiende que no hay razón para que no exista la concurrencia competitiva en la misma.

Una vía, la de concesión directa, que sin rodeos deja fuera a entidades que llevan décadas trabajando por la accesibilidad, como nuestra socia la Asociación para Comprensión Fácil de Entornos y Edificios (ACFEE), fundada y presidida por la prestigiosa arquitecta y urbanista Berta Brusilovsky Filer, y de otros organismos representantes de la discapacidad que no aceptan los postulados de los agentes sociales establecidos.  

En el caso concreto de nuestra asociada, que está avalada por el prestigio que dan los diversos premios que han reconocido su trabajo -el último de ellos otorgado por la Desing for All Foundation-, Brusilovsky viene estudiando, investigando y publicando libros en español e inglés sobre accesibilidad cognitiva, arquitectura y neurociencia (neurología del comportamiento o conducta espacial) desde hace dos décadas. Unos conocimientos que la reputada profesional ha puesto en más de una ocasión a disposición de la administración y que reiteradamente han sido rechazados.

Ahora, en pleno mes de agosto y por Real Decreto, nos encontramos con que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 otorga ayudas por la vía de concesión directa a los mismos agentes sociales que desde hace años se benefician de las subvenciones públicas, monopolizando el sistema de las partidas públicas para proyectos sociales. Una gestión que ya se lamentó con la adjudicación del Teléfono contra el Suicidio 024, que fue asignado a una entidad social que, pese a realizar un gran trabajo en el tratamiento de otros servicios sociales y asistenciales, no se valoró la dilatada experiencia de otras entidades que ya venían trabajando para prevenir las conductas suicidas, como es el caso otra asociada del CEDDD, Asociación La Barandilla, artífice del primer teléfono contra el suicidio en España

Ante esta situación, el CEDDD reclama al ministerio, de acuerdo con la Ley General de Subvenciones, que los procedimientos de concesión de subvenciones sociales se realicen preferentemente por el procedimiento de concurrencia competitiva. Esta vía que permite la comparación y valoración de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar, dentro de un límite establecido en la convocatoria, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. Todo ello con el objetivo que se permita optar a las subvenciones en igualdad de oportunidades a todos los agentes que trabajan por la diversidad y la defensa de los derechos de las personas con discapacidad; y a su vez que esa competencia tenga como resultado una optimización de los recursos públicos al mejor proyecto.

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