CErtificado de discapacidad: cómo gestionarlo

una silla de ruedas

El certificado de discapacidad consiste en el reconocimiento administrativo de la situación de discapacidad y el grado de la misma en el ámbito de actuación del Imserso, circunscrito a la las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla.

Un total de 4,38 millones de personas (94,9 de cada mil habitantes) afirmaron tener algún tipo de discapacidad en la última encuesta del Instituto Nacional de Estadística (INE). Es decir, cerca del 10% de la población.

El Preámbulo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, y aprobada y ratificada por el Estado español, reconoce que «la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás».

Tal y como explica el Imserso en su página web, la valoración del grado de discapacidad se expresa en un porcentaje y se realiza en base a unos criterios técnicos unificados, que están fijados en el nuevo baremo de discapacidad establecido por el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Esta norma ha derogado el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, y sus modificaciones posteriores.

Pasos para solicitar el certificado de discapacidad

El primer paso para solicitar el certificado de discapacidad es presentar la solicitud ante el Órgano administrativo correspondiente en la Comunidad Autónoma de residencia o ante Dirección Territorial del Imserso de Ceuta y Melilla. Cada unidad tienen establecido un formulario de solicitud, al cual debe acompañar la documentación que acredite la identidad y la situación de salud de la persona interesada.

Los documentos que hay que incluir en la solicitud son los siguientes:

  • Fotocopia y original del DNI de la persona solicitante o su representante legal. En su defecto, el libro de familia.
  • Informes médicos (también psicológicos y sociales, si se dispone de ellos).
  • Si el solicitante ya tiene invalidez reconocida, deberá adjuntar una fotocopia de la resolución de la Comisión de Evaluación de Incapacidades.

Posteriormente, la persona que solicita la acreditación del grado de discapacidad será atendida por un equipo multiprofesional de médicos, psicólogos y trabajadores sociales, que valorará la calificación y reconocimiento del grado de discapacidad. Después, los responsables de los Órganos competentes en la materia de las Comunidades Autónomas o de las Direcciones Territoriales del Imserso deberán dictar resolución expresa sobre el reconocimiento de grado, así como sobre la puntuación obtenida en los baremos para determinar la necesidad del concurso de otra persona o dificultades de movilidad, si procede.

Se trata de un procedimiento largo, que tiene una duración media de unos 6-8 meses. Dependiendo de cada caso, puede llegar a prolongarse hasta dos años. Los requisitos para conseguir el certificado son:

  • Ser español o extranjero residente legalmente en España y estar empadronado en cualquiera de los municipios de la comunidad autónoma en la que se vayan a realizar los trámites.
     
  • Padecer una discapacidad física, psíquica, orgánica, intelectual o sensorial.

El reconocimiento de grado de discapacidad se entenderá producido desde la fecha de solicitud, debiendo figurar necesariamente la fecha en la que, en su caso, puede tener lugar su revisión.

Contra las resoluciones definitivas los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, de conformidad con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

La acreditación del grado de discapacidad tiene validez en todo el territorio del Estado español.

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